MANDATO

 

Definición Legal

El Mandato es un contrato por el que el mandatario se obliga a ejecutar a nombre y por cuenta del mandante, o solo por su cuenta los actos jurídicos que este le encargue.

Poderes

Por medio de este instrumento se designan a una o varias personas para que representen al otorgante, y en su nombre y representación realicen cualquier tipo de acto especial o general, tal como representarlo en juicio, para administrar sus bienes, para hacer movimientos financieros, para vender o comprar bienes, etc.